Cambios clave en la normativa de instalaciones fotovoltaicas – RD 997/2025

El Real Decreto 997/2025, de 5 de noviembre, introduce un cambio relevante en el sector fotovoltaico, especialmente en instalaciones que utilizan módulos bifaciales, hoy mayoritarios. 🔹 Nuevo criterio de potencia instaladaA efectos administrativos, la potencia instalada de una planta con módulos bifaciales se calcula como: Potencia nominal frontal (STC) × 1,15 Este factor del 15% se fija como valor estándar para reflejar la ganancia adicional por la cara trasera del módulo y unificar criterios en permisos y tramitaciones. 🔹 Impacto práctico en los proyectosEste cambio afecta directamente a: Puntos de acceso y conexión Avales y garantías económicas Umbrales administrativos (por ejemplo, proyectos que superan los 100 kW y pasan a una tramitación más compleja) 🔹 Relación con la potencia del inversorLa potencia instalada final será la menor entre: La potencia de los módulos (aplicando el factor 1,15 si son bifaciales) La potencia nominal del inversor Conclusión: El RD 997/2025 busca evitar la infra-declaración de potencia en instalaciones bifaciales y garantizar una planificación más realista de la red eléctrica. Un cambio técnico con consecuencias claras en el diseño y la legalización de proyectos. Accede aquí al documento completo con toda la información detallada: (click aquí) BOE: (click aquí) En SeisSolar seguimos de cerca la evolución normativa para ofrecer a nuestros clientes soluciones alineadas con la regulación vigente.