Cambios clave en la normativa de instalaciones fotovoltaicas – RD 997/2025

El Real Decreto 997/2025, de 5 de noviembre, introduce un cambio relevante en el sector fotovoltaico, especialmente en instalaciones que utilizan módulos bifaciales, hoy mayoritarios.

🔹 Nuevo criterio de potencia instalada
A efectos administrativos, la potencia instalada de una planta con módulos bifaciales se calcula como:

Potencia nominal frontal (STC) × 1,15

Este factor del 15% se fija como valor estándar para reflejar la ganancia adicional por la cara trasera del módulo y unificar criterios en permisos y tramitaciones.

🔹 Impacto práctico en los proyectos
Este cambio afecta directamente a:

  • Puntos de acceso y conexión

  • Avales y garantías económicas

  • Umbrales administrativos (por ejemplo, proyectos que superan los 100 kW y pasan a una tramitación más compleja)

🔹 Relación con la potencia del inversor
La potencia instalada final será la menor entre:

  • La potencia de los módulos (aplicando el factor 1,15 si son bifaciales)

  • La potencia nominal del inversor

Conclusión: El RD 997/2025 busca evitar la infra-declaración de potencia en instalaciones bifaciales y garantizar una planificación más realista de la red eléctrica. Un cambio técnico con consecuencias claras en el diseño y la legalización de proyectos.

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